Consentimiento informado
Cuando se decide realizar un procedimiento quirúrgico el neurocirujano informa al paciente acerca de la naturaleza de la lesión que le afecta, los motivos por los que ha decidido que debe hacer una determinada intervención quirúrgica, en qué consiste dicho procedimiento, qué objetivos persigue y qué beneficios caben esperarse derivados de la intervención. También informará acerca de cómo será el postoperatorio previsto, cuáles pueden ser las complicaciones que sufra el paciente, con qué probabilidad y cómo pueden solucionarse o qué secuelas provocan. Además, si el paciente rechaza la indicación del neurocirujano, la información incluye qué consecuencias se prevén y qué otras alternativas no quirúrgicas pueden haber. Para todo ello el neurocirujano puede valerse de dibujos y esquemas. En resumen, el objetivo es que el paciente entienda su enfermedad, la indicación, la técnica, los beneficios esperados, las consecuencias de no tratarse, las alternativas y los riesgos a los que se expone.
Toda la información quedará plasmada por escrito. El neurocirujano entregará un documento generalmente compuesto por cinco o seis folios en los que se describe todo lo expuesto anteriormente. En dicho documento se hace constar la fecha, el nombre del paciente, el nombre del neurocirujano y su número de colegiado. También incluye la autorización del paciente a que se tomen las medidas necesarias dentro del quirófano en pro de su bien en caso de producirse complicaciones intraoperatorias no esperadas. El paciente también autoriza a que sus muestras biológicas o imágenes obtenidas en la cirugía se usen sólo para motivos de su terapia, investigación, divulgación o formación médica siempre conservando su anonimato.
El hecho de que el paciente entregue su consentimiento tanto verbal como escrito no exime al neurocirujano de ejecutar el procedimiento quirúrgico con la mayor formación, rigor, cuidado y contando con los medios necesarios para ello. Es un consentimiento que da el paciente a que el neurocirujano practique la técnica quirúrgica con la mayor atención posible y procure la pericia suficiente para ello.
En ocasiones en las que el neurocirujano hace una clara indicación de cirugía que prevé beneficio evidente para el paciente y considera que las alternativas a dicha intervención son perjudiciales y, tras haber informado de la manera anteriormente descrita, el paciente no otorga su consentimiento, el neurocirujano puede solicitar de él que firme la denegación del consentimiento o la revocación si lo había dado antes para que quede constancia escrita de este hecho.
Tanto el neurocirujano (o la institución en la que ejerce) como el paciente se quedan con una copia de los documentos.
En ocasiones el estado neurológico del paciente puede impedirle atender a las recomendaciones del neurocirujano, así como otorgar o denegar su consentimiento de manera válida. Esto puede suceder cuando los sentidos del paciente están afectados por la enfermedad o su estado de consciencia es insuficiente para relacionarse adecuadamente con el entorno. En estos casos, la información se comunica a los familiares y, siempre que se considere que están velando por el interés del paciente, serán ellos quienes otorguen o denieguen, también por escrito, el consentimiento a la técnica quirúrgica.
Hay situaciones en las que está en juego la vida del paciente y se requieren de actuaciones quirúrgicas agresivas que, aunque salven la vida, conllevan un alto riesgo de dejar secuelas graves y limitaciones para la vida cotidiana. En estas circunstancias el paciente suele estar comatoso y es incapaz de entender la situación y dar su consentimiento. Antes de consultar a la familia es preceptivo consultar el Registro de Voluntades Anticipadas ya que puede haber dejado información acerca de sus preferencias de qué cuidados y tratamientos sanitarios desea recibir si se diera una situación como la que se está dando. Y actuar en consecuencia.
Para saber más: Consentimientos informados.